El TJUE da la razón a los consumidores en las Cláusulas suelo.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), da un tirón de orejas al Tribunal Supremo por las Cláusulas suelo y afirma en la Sentencia de 21 de diciembre de 2016, que:
“…los órganos jurisdiccionales deberán abstenerse de aplicar, en el ejercicio de su propia autoridad, la limitación de los efectos en el tiempo que el Tribunal Supremo acordó en la sentencia de 9 de mayo de 2013, puesto que tal limitación no resulta compatible con el Derecho de la Unión.”